Plazo judicial y advertencia de sanciones: el Gobierno, obligado a cumplir la emergencia en discapacidad

La decisión de incumplir una ley votada por el Congreso volvió a generar un fuerte revés judicial para el Gobierno nacional. Esta vez, el foco está puesto en la emergencia en discapacidad. El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, intimó al Poder Ejecutivo a cumplir de manera inmediata con la ley vigente y otorgó un plazo de cinco días hábiles para hacerlo efectivo en todo el país. De no haber avances concretos, comenzará a aplicar sanciones económicas personales a funcionarios de primera línea, con la posibilidad de avanzar también en denuncias penales por desobediencia judicial.

La resolución judicial refuerza un fallo previo, dictado el 12 de diciembre, en el que el magistrado había declarado inválido el decreto que suspendía la aplicación de la ley. En ese pronunciamiento, ordenó su ejecución plena y dejó en claro que no existe la figura de una “ley suspendida” dentro del sistema constitucional argentino. Para el colectivo de prestadores y familias, ese punto resulta central: una vez sancionada y promulgada, la norma debe cumplirse sin excusas.

Desde el ámbito legal que representa a los prestadores de servicios, se explicó que la sentencia establece el cumplimiento inmediato. En términos prácticos, una vez notificado el fallo, el Ejecutivo queda automáticamente obligado a responder a los reclamos del sector. Frente a la falta de acción gubernamental, las organizaciones solicitaron la ejecución de la sentencia y pidieron la aplicación de astreintes, multas económicas que funcionan como un mecanismo de presión para forzar el acatamiento de una orden judicial firme. De concretarse, estas sanciones comenzarían a regir a partir de febrero.

La ley de emergencia en discapacidad había sido aprobada por el Congreso en julio del año pasado y declaraba la emergencia del sector hasta diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga. Aunque el Presidente había vetado la norma, el rechazo del veto por ambas cámaras la convirtió en ley definitiva. Sin embargo, el Ejecutivo intentó frenar su aplicación mediante un decreto, argumentando la falta de financiamiento específico. Esa maniobra fue el detonante del amparo judicial presentado por familias de personas con discapacidad, que contó rápidamente con el respaldo de organizaciones de todo el país.

El juez desestimó los argumentos oficiales vinculados al ajuste fiscal y recordó que, tras el rechazo del veto, la Constitución obliga al Ejecutivo a cumplir la ley sin condicionamientos. Para el magistrado, las discusiones presupuestarias no habilitan a desconocer una norma vigente, especialmente cuando se trata de un sector en situación de emergencia.

Mientras el conflicto se dilata, la situación de los prestadores se vuelve cada vez más crítica. Tras una pérdida acumulada de poder adquisitivo cercana al 120 por ciento en el primer tramo de la actual gestión, muchas instituciones funcionan al límite. Los aumentos otorgados en el nomenclador fueron parciales y tardíos, y los pagos llegan con hasta dos meses de demora, lo que agrava el impacto inflacionario.

Quienes sostienen escuelas y centros de atención describen un escenario insostenible: costos que superan ampliamente los ingresos, prestaciones complejas que incluyen equipos interdisciplinarios y servicios básicos como alimentación diaria, y una estructura que depende casi exclusivamente de las obras sociales. Cada día sin la aplicación de la ley profundiza el riesgo de cierres y deja a miles de familias en una situación de extrema incertidumbre.

Con la intimación judicial en marcha, el Gobierno enfrenta ahora una definición clave. Cumplir la ley o asumir el costo político, judicial y penal de seguir desoyendo una emergencia que afecta directamente a uno de los sectores más vulnerables de la sociedad.

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