
Una importante decisión judicial podría marcar un precedente para miles de consumidores que participan en planes de ahorro para la compra de vehículos. La Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas de la Primera Circunscripción Judicial de La Rioja resolvió hacer lugar a una acción colectiva impulsada por un grupo de suscriptores y ordenó a una administradora de planes de ahorro modificar el sistema de cálculo de las cuotas, además de reintegrar los importes cobrados en exceso y pagar una indemnización de dos millones de pesos a cada uno de los demandantes.
La sentencia fue dictada por la jueza Ana Carla Menem, titular de la Sala Unipersonal N.º 7, quien concluyó que la empresa incumplió obligaciones esenciales vinculadas al deber de información, la buena fe contractual y la protección que la legislación argentina reconoce a los consumidores.
El conflicto se originó a partir de los fuertes incrementos registrados en las cuotas de los planes de ahorro desde el año 2018. Los ahorristas sostuvieron que las subas resultaban excesivas y afectaban seriamente su capacidad económica, al tiempo que cuestionaron el mecanismo utilizado para calcular la denominada «cuota pura». Según plantearon en la demanda, el valor de las cuotas se encontraba atado al precio de lista de los vehículos fijado por la terminal automotriz, un sistema que, según afirmaron, provocó aumentos muy superiores a la evolución de otras variables económicas.
Durante el proceso judicial, uno de los elementos más relevantes fue el informe elaborado por una perito contadora. El estudio determinó que las cuotas experimentaron incrementos superiores a la inflación registrada por el INDEC, al comportamiento del dólar e incluso a la evolución de los salarios. Además, el análisis reveló que, de no haberse aplicado una medida cautelar durante el trámite de la causa, numerosos suscriptores habrían tenido que destinar más de la mitad de sus ingresos mensuales para afrontar el pago del plan.
A partir de esas conclusiones, el tribunal resolvió que las cuotas deberán recalcularse tomando como referencia la variación de la inflación desde 2018, dejando de lado el mecanismo basado en el valor móvil de los vehículos. Asimismo, dispuso que las sumas abonadas por encima de ese nuevo cálculo sean acreditadas en cuotas futuras o reintegradas mediante transferencia bancaria, según corresponda en cada caso.
La resolución también obliga a la administradora a implementar un nuevo sistema de refinanciación destinado a quienes enfrentan dificultades para continuar con los pagos. Además, deberá brindar información clara y detallada sobre la situación de cada grupo de ahorro y ofrecer alternativas a los suscriptores que opten por rescindir sus contratos.
Otro de los aspectos más destacados del fallo fue la aplicación de una sanción por daño punitivo. La magistrada consideró que la conducta de la empresa vulneró los derechos de los consumidores y, por ese motivo, ordenó el pago de una indemnización de dos millones de pesos para cada uno de los demandantes, monto al que deberán sumarse los intereses correspondientes.
Con esta decisión, la Justicia reafirmó la protección de los derechos de los consumidores en las relaciones de ahorro previo y estableció criterios que podrían influir en futuros reclamos vinculados a este tipo de contratos, especialmente en un contexto económico donde la evolución de las cuotas ha sido motivo de preocupación para numerosos ahorristas en todo el país.